SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

Secretario: Arq. José Ignacio Suarez

Tel: 0388-4249576

Santibañez 1650. San Salvador de Jujuy (4600), Argentina.

MISIÓN

Administrar, ejecutar y controlar la Obra Pública en General, planes de urbanización y construcción, programas de obras de desarrollo urbano, equipamiento comunitario y construcción de viviendas que se realicen con fondos públicos, articulando acciones con la Secretaría de Planificación y los diferentes organismos dependientes la ejecución, fiscalización, conservación y mejora de obras de vías de comunicación, puentes, caminos, pavimentos rurales y urbanos, desagües y obras hídricas e hidráulicas, defensas, infraestructura urbana y rural, como así también de viviendas, arquitectura y urbanismo.

FUNCIÓN

1) Articular con la Secretaría de Planificación la ejecución de la obra pública.

2) Coordinar, a través de la Dirección Provincial de recursos Hídricos, las políticas de riego y la determinación de las obras que de éstas se deriven.

3) Coordinar la ejecución, fiscalización, conservación y mejora de obras en materia de competencia provincial en los organismos bajo su dependencia.

4) Aprobar a los organismos de su dependencia la construcción, en general, de vías de comunicación, puentes y caminos, pavimentos urbanos y rurales, desagües y obras hídricas, irrigación, defensas de aluviones, infraestructuras urbanas y rurales.

5) Reglamentar, aplicar y fiscalizar los sistemas de reajustes del costo de las obras y trabajos públicos sujetos al régimen legal en la materia.

6) Aplicar el régimen de la utilización y coordinación de los recursos hídricos desde el punto de vista funcional, territorial, social y económico, que sirva como instrumento de la integración territorial comprendiendo la fijación y percepción de tasas y cánones por uso del recurso natural.

7) Supervisar la aplicación de los regímenes de aguas, superficiales y subterráneas, así como promover la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, de irrigación, y de uso industrial en general.

8) Promover y ejecutar obras de electrificación rural, teniendo especialmente en cuenta los programas de colonización en ejecución o en proyecto.

9) Estudiar, proyectar, ejecutar y fiscalizar las obras de arquitectura, urbanismo y vivienda, dentro de la competencia provincial conforme al planeamiento urbano, rural y a la política de gobierno.

10) Concretar la ejecución de los programas habitacionales del sector público, así como la obtención y utilización de recursos financieros destinados a la vivienda y al equipamiento comunitario para los sectores sociales más necesitados.

11) Participar de la fijación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas, según las distintas necesidades que presentan las regiones de la provincia.

12) Intervenir en la determinación de los sistemas constructivos destinados a viviendas y de control de calidad de los materiales y sus reglamentaciones, según las diversas características y necesidades regionales de la Provincia,

13) Concretar el proyecto, construcción, conservación y mejoramiento de los edificios escolares y de los espacios culturales y educacionales, en coordinación con el Ministerio respectivo.

14) Concretar el proyecto, construcción, conservación y mejoramiento de los establecimientos asistenciales y hospitalarios, enfermerías, dispensarios, salas de primeros auxilios y puestos de salud; en coordinación con el Ministerio respectivo.

15) Ejecutar la construcción y fiscalización de los edificios requeridos para el funcionamiento de la Administración Pública Provincial destinados a oficinas y reparticiones, así como la realización de trabajos de conservación, mejoramiento, modificación y ampliación de los edificios existentes conforme a una planificación aprobada y coordinada con el Ministerio respectivo.

16) Fiscalizar la ejecución de obras y edificios que sean construidos con participación directa de entidades privadas o de bien público o de interés común de acuerdo con el planeamiento provincial.
17) Autorizar la provisión de equipos mecánicos, materiales y elementos para la ejecución de obras a los organismos provinciales bajo su dependencia.

18) Ejecutar las obras de infraestructura aeronáutica, de acuerdo con el planeamiento provincial, la explotación de las mismas, su coordinación y control dentro de la competencia provincial.

19) En general, la adopción de las medidas y la realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.